El Plan PIVE tributa y se debe incluir en la declaración anual de la renta
21 de junio de 2016

Como ya hemos advertido repetidamente, los datos fiscales y borradores remitidos por Hacienda no siempre reflejan con exactitud todos los aspectos que deben declararse en nuestra cita anual con el fisco. Pueden faltar datos del préstamo hipotecario; ingresos y gastos de la actividad económica que desarrollamos; precios de adquisición de activos; contribuciones a sindicatos o partidos políticos, etc.. Así, uno de los datos que no siempre facilita Hacienda, aunque la Administración sabe de su existencia, son las subvenciones recibidas para la instalación de un ascensor o para la adquisición de un vehículo, el conocido como Plan Pive. En ambos casos, esos ingresos deben reflejarse en nuestra declaración anual de la renta, aunque Hacienda lo haya omitido en el borrador que nos remitió. Es más, la no incorporación puede llegar a ser sancionada, tal y como se detalla en el enlace que adjuntamos. Es por ello que debemos ser críticos con el borrador y datos fiscales que Hacienda confecciona, debiendo procurarnos un asesoramiento adecuado, como el que presta este despacho, para evitarnos sustos inesperados.

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